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Oct-2008.
La mayoría de propietarios
tienen miedo a poner su vivienda en alquiler, por el recelo de
que los arrendatarios
dejen de pagar, no cuiden la vivienda, o que
destrocen el piso. Para paliar todas estas reticencias existen fórmulas como los seguros de alquiler, que minimizan el riesgo de los propietarios al garantizarles el cobro de posibles impagos, la protección jurídica que necesite y el pago de los daños y perjuicios que los arrendatarios pudieran ocasionar en el inmueble.
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CoberturasEstos seguros ofrecen en una póliza tres coberturas básicas:
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Contratar la póliza.Para contratar el seguro, las compañías suelen pedir unas garantías:
Los precios de estos seguros
suelen situarse entre el 4'5% y el 5% de la renta anual que se
percibe por el alquiler de la vivienda o, lo que es lo mismo, el 60%
de una mensualidad. ¿Cómo debe actuar el propietario en caso de impago? Cuando el inquilino deja de
pagar las mensualidades, el tomador del seguro tiene un plazo de 30
días para comunicárselo a la compañía, que reclamará el cobro de la
renta por la vía amistosa.
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